La regulación aprobada en 2016 para continuar acogido al régimen de módulos redujo de forma importante para el transporte por carretera el límite máximo para poder continuar acogido, quedando establecido un límite de facturación anual de 125.000 euros, siempre que su facturación se realice en más de un 50% a empresas o profesionales. Asimismo, dicha regulación preveía un régimen transitorio de dos años, estableciendo que a partir del año siguiente se aplicaría un nuevo límite inferior de 75.000 euros, que  no ha llegado nunca a entrar en vigor por las sucesivas prórrogas que se han ido aprobando. Esta situación ha permitido acogerse al régimen de módulos en los cuatro últimos años los transportistas que hubieran facturado menos de 125.000 euros en el año anterior.

Por ello, para permitir una nueva prórroga en 2021 del actual límite de facturación anual de 125.000 euros para acogerse al régimen de módulos, el Gobierno ha acordado introducirlo en la Ley de Presupuestos Generales para 2021, justificándolo en la actual situación que padece la economía española, que “en el marco de la actual crisis sanitaria hace aconsejable el establecimiento de un marco normativo estable que permita a los pequeños autónomos poder continuar aplicando el método de estimación objetiva para el cálculo del rendimiento neto de su actividad económica evitando, además, un incremento de sus obligaciones formales y de facturación”.

Aprobación de la prórroga del límite máximo del régimen de autónomos

En todo caso, su aprobación final dependerá de que el Gobierno cuente con la mayoría suficiente para sacar adelante los Presupuestos Generales para el próximo año, por lo que habrá que esperar a mediados de diciembre para conocer lo que resultará al final. De no resultar aprobada, al Gobierno le quedaría la posibilidad legal de aprobar la prórroga mediante Decreto-Ley, como ya llevó a cabo in extremis en los dos últimos años.

A lo largo de este mes de noviembre, se espera que el Ministerio de Hacienda apruebe la Orden Ministerial que establezca los importes para 2021 de los módulos de las diferentes actividades empresariales acogidas a dicho régimen, cuyos importes se han mantenido idénticos en los últimos años, en lo que se refiere tanto a personal empleado y la capacidad de los vehículos como al límite máximo de vehículos de transporte que pueden incluirse en dicho régimen tributario.

Noticia extraída de Transporte Profesional