El Consejo de Ministros aprobó finalmente el nuevo ROTT el pasado viernes 15 de febrero. Con cinco años de retraso sobre la fecha fijada en la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre (LOTT) e importantes modificaciones y novedades. Una de las más importantes, desaparecen los tres vehículos para acceder pero se mantiene la antigüedad de cinco meses, tal y como exigió el sector a Fomento, quien finalmente introdujo la propuesta del Comité Nacional en el texto del ROTT que se aprobó ayer, se publicará en los próximos días en el BOE y entrará en vigor al día siguientes de su publicación.

El nuevo ROTT llega con cinco años de retraso sobre la fecha fijada en la LOTT para su publicación. Muchos han sido los motivos para ello, sobre todo políticos, pero ahora lo que realmente nos importa, es que el nuevo ROTT, como otras normas relacionadas que se han modificado para su puesta en marcha, incluye novedades importantes, que van a suponer un nuevo modelo de trabajo en el sector de transporte.

Pero, lo más importante para las organizaciones empresariales, es que se mantiene el orden, tanto para acceder como una vez dentro de él. Ahora os vamos a enumerar las novedades más importantes, en unos días, publicaremos un especial detallado y explicado de las novedades del nuevo ROTT, y sus implicaciones para los transportistas que ya están en el mercado y para los que quieran acceder a él.

SE MANTIENE LA ANTIGÜEDAD DE LOS VEHÍCULOS EN CINCO MESES PARA ACCEDER AL SECTOR

Cambian las normas de acceso al sector, y mucho. Primero desaparece la exigencia de flota mínima (tres vehículos) por Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE pero se mantiene la antigüedad inicial de cinco meses. También en el caso de entrar con un vehículo arrendado como os comentábamos en la noticia del día 14, ya que Fomento ha incluido la propuesta del Comité Nacional en el texto definitivo, con lo que se acaba con esa posible “trampa legal” que permitía la redacción anterior.

Y es que ahora, desaparece el requisito de antigüedad media de la flota de seis años y se sustituye por el de antigüedad que tuviera la flota antes de la sustitución o ampliación. Es decir, para sustituir un vehículo por otro hay que tener en cuenta la antigüedad del vehículo que se sustituye y la de otros vehículos que hubiera en la flota. Si se accede con un vehículo arrendado de cuatro meses, y solo se tiene ese vehículo, para sustituirlo tendría que ser por uno de no más de cuatro meses, para mantener la antigüedad media. Si la flota está compuesta por un vehículo de 4 años y otro de 10 años, la antigüedad media es de 7 años, el vehículo que se incorpore a la flota tendría que ser en todo caso de no más de 7 años.

Además, en relación con el acceso al sector, para poder obtener el título de competencia profesional (la antigua capacitación o “título de transportista”, como es más conocido) habrá que acreditar que se dispone del título de bachiller o equivalente o bien formación profesional de grado medio.

EL GESTOR DE TRANSPORTE ES EL NUEVO CAPACITADO

La persona que proporcione la competencia profesional a la empresa, el capacitado como se le venía conociendo, pasa a ser denominado gestor de transporte. Además de tener que estar dado de alta a jornada completa, en una determinada categoría profesional, tiene una lista amplia y completa de todas sus responsabilidades. Se establece un periodo transitorio para que los autónomos (empresarios individuales o personas físicas) que ya están en el sector, se adapten a esta exigencia.

AHORA SÍ QUE SE VA A PODER PERDER LA HONORABILIDAD

La posible pérdida de la honorabilidad va a ser una realidad, por imposición comunitaria. La pérdida de la honorabilidad implica la suspensión de la autorización de transporte por un año. La suspensión de la autorización implica la paralización de la actividad de transporte por este periodo. Se articulan qué infracciones muy graves (la comisión de una sola puede dar lugar a la pérdida de la honorabilidad) o cuáles de las graves (tres infracciones) van a dar lugar a esta pérdida. Además, se fija una sencilla fórmula para “ponderar” el número de infracciones teniendo en cuenta el número de vehículos de la flota.

La pérdida de la honorabilidad ha sido uno de los puntos más conflictivos del nuevo ROTT en sus deliberaciones con el Comité Nacional. En todo caso, será el/la Director General de Transporte de cada Comunidad Autónoma quien declare esta pérdida de honorabilidad después de una resolución expresa.

DIGITALIZACIÓN, ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA Y SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES

Y en su apuesta decidida por la digitalización del sector, desaparece la tarjeta física por lo que se refuerza la función del Registro de Empresas y Actividades de Transporte, que adquiere una nueva dimensión con el ROTT que se acaba de aprobar. En la misma línea, se implantan los sistemas electrónicos para la realización de los exámenes de competencia profesional.

ESCRITO POR MARISA DEL MONTE