El Comité Nacional de transportes entiende que la pérdida de la honorabilidad tal y como está recogida en el ROTT puede no ser conforme a la reglamentación comunitaria
El Departamento de Mercancías de Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC) ha acordado, por amplia mayoría, impugnar en vía contencioso administrativa el Real Decreto 70/2019 por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT) en su regulación relativa a la pérdida de honorabilidad.
Este órgano entiende que la pérdida de la honorabilidad tal y como está recogida en el ROTT, que conlleva la pérdida de la autorización de transporte “no solo provoca una alarmante inseguridad jurídica a los profesionales del transporte, sino que también transgrede la letra y el espíritu del texto del Reglamento (CE) 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre de 2009, por los que se establecen las normas para el ejercicio de la profesión de transportista, con vulneración de derechos fundamentales, entre los cuales está la tutela judicial efectiva en su vertiente del derecho a un procedimiento con todas las garantías”.
El comunicado finaliza aclarando que “una vez se tenga por interpuesto el recurso por el tribunal competente, los motivos concretos de la impugnación se desarrollarán en la pertinente demanda”.
Deja tu comentario